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La AUGC impugna la convocatoria 2020

La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) impugna las oposiciones 2020 a la Guardia Civil con un recurso ante el Tribunal Supremo. El proceso podría quedar paralizado.

Aspirantes a Guardia Civil
Aspirantes a Guardia Civil

La convocatoria 2020 a la Guardia Civil podría quedar paralizada

La AUGC (Asociación Unificada de Guardias Civiles) presentó hace unos días un recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 691/2020, de 21 de julio, que aprueba la oferta de empleo público para el año 2020 para la Guardia Civil.

Hoy, 25 de septiembre, el Tribunal Supremo (concretamente la Sala Tercera de lo Contencioso-Adminstrativo) lo ha admitido a trámite.

El recurso se ha presentado al entender que se perjudican los derechos de los guardias civiles que tienen la intención de concurrir a las plazas de oficiales de la Guardia Civil desde la modalidad de cambio de escala.

Se perjudican los derechos de los guardias civiles que quieren acceder a las plazas de oficiales mediante promoción interna, por cambio de escala.

AUGC

Los detalles del recurso

Precisamente, en la convocatoria recurrida (la de la citada Oferta de Empleo Público) no se contempla ninguna plaza para el acceso a la Escala de Oficiales de la Guardia Civil para quienes pertenezcan a la Escala de Cabos y Guardias, a pesar de existir una previsión legal al respecto. 

Aquí tenéis la convocatoria 2020 y el desglose de plazas ofertadas.

Según esto, la Guardia Civil infringiría su propia normativa evitando con ello la promoción profesional de los miembros de la Escala de Cabos y Guardias al no respetar lo que la ley de personal de la propia Guardia Civil, por ella aprobada, pone de manifiesto en su artículo 36.3 donde dice: 

Art. 36.3: Del total de plazas reservadas a la promoción profesional para el acceso a la escala de oficiales, hasta un 30 por cien se convocarán en la modalidad de cambio de escala. A ellas podrán acceder los suboficiales con, al menos, dos años de tiempo de servicios en su escala; los cabos mayores; así como los cabos primeros con, al menos, cuatro años en el empleo y los cabos y guardias civiles con, al menos, siete años de tiempo de servicios en su escala.

Ley de personal de la Guardia Civil

Si bien en la disposición transitoria décima de la misma ley establece en su punto dos:

En las dos primeras convocatorias que se efectúen para el ingreso en la enseñanza de formación con la que se accede a la escala de oficiales por el sistema de cambio de escala definido en esta Ley, la totalidad de las plazas que se convoquen se reservarán a los miembros de la escala de suboficiales.

Ley de personal de la Guardia Civil

Esas dos primeras convocatorias ya han sido efectuadas, por lo que desde AUGC entienden que la vigente convocatoria de acceso a la escala de oficiales ha de contemplar dicha reserva de plazas para la escala de Cabos y Guardias.

Por ello en la pasada reunión de la Comisión Preparatoria del Consejo de la Guardia Civil por parte de AUGC se preguntó a la Dirección General que pasaba con dicha reserva y su no inclusión en la actual convocatoria, respondiendo la Dirección General lo siguiente:

Debido a la escasez de medios y personal (profesores) está previsto que cuando finalice el proceso de integración actual se pueda llevar a cabo, seguramente no será antes del 2022

Respuesta de la Dirección General de la Guardia Civil

Por parte de la AUGC no dan validez a esa respuesta ya que el abrir la opción del cambio de escala para cabos y guardias civiles no supondría ese coste aludido en medios y profesores, ya que no conlleva un aumento de las plazas sino como  se establece en el art 36.3 se reserva hasta el 30% de las plazas ofertadas, por lo que si para la actual convocatoria hay profesorado y medios,  entienden que para una convocatoria en la que no se modifica el número de plazas ofertadas también hay medios y profesores.

El recurso contencioso-administrativo

Recordemos (y nos servirá para repasar para la oposición) los documentos que se deben aportar en un recurso contencioso-administrativo:

  • El documento que acredite la representación del compareciente, salvo si figurase unido a las actuaciones de otro recurso pendiente ante el mismo Juzgado o Tribunal, en cuyo caso podrá solicitarse que se expida certificación para su unión a los autos.
  • El documento o documentos que acrediten la legitimación del actor cuando la ostente por habérsela transmitido otro por herencia o por cualquier otro título.
  • La copia o traslado de la disposición o del acto expreso que se recurran, o indicación del expediente en que haya recaído el acto o el periódico oficial en que la disposición se haya publicado. Si el objeto del recurso fuera la inactividad de la Administración o una vía de hecho, se mencionará el órgano o dependencia al que se atribuya una u otra, en su caso, el expediente en que tuvieran origen, o cualesquiera otros datos que sirvan para identificar suficientemente el objeto del recurso.
  • El documento o documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos exigidos para entablar acciones las personas jurídicas con arreglo a las normas o estatutos que les sean de aplicación, salvo que se hubieran incorporado o insertado en lo pertinente dentro del cuerpo del documento mencionado en la letra a) de este mismo Art. 45 ,Ley 29/1998, de 13 de julio.

Si falta alguno de los documentos se abren una serie de plazos que pueden ir retrasando todo el proceso.

Qué ocurre con la convocatoria 2020 de la oposición a la Guardia Civil

De momento la convocatoria sigue adelante. El Tribunal Supremo suele tardar entre 6 y 12 meses (por término medio) en resolver y en este caso, tendría varias opciones:

  1. Anular la Oferta de Empleo Público, y por tanto la convocatoria 2020. Esta opción no parece probable, dado que el perjuicio causado sería mucho mayor que el probable beneficio.
  2. Obligar a incluir en la convocatoria las plazas correspondientes al cambio de Escala. Sería la solución más probable en caso de que el recurso prospere. Las convocatoria 2020 seguiría su curso con cierta normalidad y se añadiría al proceso la convocatoria adicional de las citadas plazas.
  3. Obligar a incluir esas plazas de cambio de Escala en la siguiente convocatoria. Parece menos probable que la opción anterior.
  4. Finalmente desestimar el recurso de la AUGC. En ese caso la convocatoria proseguiría con total normalidad.

Pensamos que la solución estará entre las opciones 2 o 4. Con lo que en principio, lo más probable es que la convocatoria 2020 para las Escala de Cabos y Guardias se desarrolle con total normalidad (si el COVID-19 no lo impide).

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